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ORDEN de 8 de junio de 2007, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se inicia el procedimiento para la adjudicación de 15 viviendas protegidas de Aragón en Tarazona (Zaragoza) (VPA PG- 50/2006/0093).

Publicado el 18/06/2007 (Nº 72)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

ORDEN de 8 de junio de 2007, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se inicia el procedimiento para la adjudicación de 15 viviendas protegidas de Aragón en Tarazona (Zaragoza) (VPA PG- 50/2006/0093).

Antecedentes

La Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de política de vivienda protegida, modificada por Ley 9/2004, de 20 de diciembre, y el Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida y de adjudicación de viviendas protegidas de Aragón, aprobado mediante Decreto 80/2004, de 13 de abril, establecieron el sorteo como procedimiento general de adjudicación de las viviendas protegidas de Aragón.

La promoción identificada en el encabezamiento promovida por Suelo y Vivienda de Aragón, S. L. U. se encuentra sometida al procedimiento regulado en el Reglamento del Registro y ha sido declarada inicialmente como protegida con fecha 24 de abril de 2007 con el número de expediente VPA PG 50/2006/0093.

Fundamentos jurídicos

La adjudicación de las viviendas protegidas a las que se refieren los artículos 26 y 27 del Reglamento del Registro y 2 de la Orden de 8 de marzo de 2005, por la que se fijan los criterios para la aplicación de los artículos 37 y 50 del Reglamento del Registro, corresponde a la Administración una vez haya sido calificada provisionalmente o declarada inicialmente como protegida la promoción de que se trate.

La competencia para iniciar los procedimientos de adjudicación

que corresponda realizar a la Administración de la Comunidad Autónoma corresponde al titular del Departamento competente en materia de vivienda, mediante Orden, conforme a lo establecido en el artículo 33.1 del Reglamento del Registro. Conforme al artículo 34 del Reglamento del Registro la Resolución de inicio del procedimiento general de adjudicación fijará sus características fundamentales y ordenará la formación y publicación de los listados de solicitantes que habrán de utilizarse en los sorteos.

De acuerdo con los antecedentes expuestos y de conformidad con lo que establecen la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, el Decreto 80/2004, de 13 de abril, y la Orden de 8 de marzo de 2005, y demás normativa de aplicación, dispongo:

Primero. El número de viviendas protegidas de Aragón objeto de este procedimiento de adjudicación es de 15.

Segundo. El ámbito geográfico de la promoción es el Municipio de Tarazona.

Tercero. Los ingresos mínimos exigibles a las unidades de convivencia inscritas en el Registro para ser incluidas en los listados de esta promoción serán de 3.398 euros, ponderados conforme a la normativa vigente (cinco por ciento del precio de la vivienda de menor superficie y precio por metro cuadrado de la promoción).

Cuarto. 1. Del total de viviendas objeto del procedimiento de adjudicación se reservarán los siguientes cupos:

a) 3 viviendas para Unidades de Convivencia de dos o más miembros. En concreto se vinculan las viviendas de los tipos 21B y 21BJB del acuerdo de Calificación provisional.

b) 12 viviendas para unidades de convivencia empadronadas en Tarazona.

2. Las viviendas asignadas al cupo general o a cupos especiales que queden sin adjudicar por inexistencia de solicitudes pasarán a formar parte del número de viviendas adjudicables en el cupo general y restantes cupos especiales proporcionalmente al número de viviendas reservadas en cada uno de ellos.

Quinto. El régimen de cesión de las viviendas de la presente promoción será el de propiedad mediante venta.

Sexto. Se tendrán en cuenta las solicitudes de inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida de Aragón aceptadas hasta el día 7 de junio de 2007.

Séptimo. 1. Esta Orden será publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» y remitida a todos los Municipios incluidos en el ámbito de la promoción, para su exposición en el correspondiente tablón de anuncios.

2. La publicación en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento competente en materia de vivienda o del Municipio actuante de la resolución por que la se inicie el procedimiento de adjudicación y de los sucesivos acuerdos que se adopten en el curso del mismo sustituirán a las notificaciones personales, conforme a lo establecido en el apartado sexto del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Octavo. La Dirección General de Vivienda y Rehabilitación fijará el lugar, fecha y hora de realización del sorteo, que tendrá lugar antes del 15 de septiembre de 2007.

Contra la presente Orden procede interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», o directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

En Zaragoza, 8 de mayo de 2007.

El Consejero de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes, JAVIER VELASCO RODRIGUEZ